Ley General de Salud · Federal

Artículo 103 BIS 5

TÍTULO QUINTO · CAPÍTULO ÚNICO Capítulo adicionado DOF 16-11-2011

Artículo 103 Bis 5. La investigación científica, innovación, desarrollo tecnológico y aplicaciones del genoma humano, estarán orientadas a la protección de la salud, prevaleciendo el respeto a los derechos humanos, la libertad y la dignidad del individuo; quedando sujetos al marco normativo respectivo.

Artículo adicionado DOF 16-11-2011

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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