Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Federal

Artículo 24

TÍTULO SEGUNDO RESPONSABLES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

Artículo 24. El Sistema Nacional se conformará a partir de la coordinación que se realice entre las distintas instancias que, en razón de sus ámbitos de competencia, contribuyen a la transparencia a nivel nacional, en los tres niveles de gobierno.

Este Sistema que favorecerá a la generación de información de calidad, a la gestión de la información, al procesamiento de la misma como un medio para facilitar el conocimiento, a la evaluación de la gestión pública, a la promoción del derecho de acceso a la información, a la difusión de una cultura de la transparencia y a su accesibilidad, así como, a una fiscalización y rendición de cuentas efectivas.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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