Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Federal

Artículo 55

TÍTULO CUARTO CULTURA DE TRANSPARENCIA Y APERTURA INSTITUCIONAL

Artículo 55. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán realizar acciones en materia de datos abiertos y gobierno abierto conforme a los lineamientos que al efecto emita la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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