Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 49

TITULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO I Del Impuesto Sobre Loterías, Rifas, Premios y Concursos

ARTICULO 49.- Son solidarios responsables del pago de este impuesto:

I. Los organizadores del evento de cuyo resultado dependa el pago del premio aún y cuando su domicilio fiscal se encuentre fuera del territorio del Estado.

II. Los demás que señale el Código Fiscal del Estado.

(REFORMADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2003) Página

SECCION CUARTA

De la Base

(REFORMADO, P.O. 10 DE DICIEMBRE DE 2018)

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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