Ley de Hacienda del Estado de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 137

Artículo 137.- Se establece a favor de los pensionados, jubilados y adultos mayores de 60 años, una reducción del 50% en el pago del Impuesto Sobre Enajenación de Bienes Muebles.

El beneficio a que se refiere este artículo podrá hacerse efectivo en una sola ocasión por año, únicamente en los actos relativos a la persona del pensionado, jubilado o adulto mayor de 60 años.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO: El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado. 22

SEGUNDO: Se abroga la Ley de Hacienda del Estado de Baja California Sur, del 29 de junio de

2001.

TERCERO: Se derogan todas las disposiciones fiscales que se opongan a la presente Ley.

Dado en la Sala de Sesiones del Poder Legislativo del Estado, en La Paz, Baja California Sur, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil seis. Presidente.- Dip. Rogelio Martínez Santillán,

Secretaria.- Dip. Blanca Guadalupe Guluarte Guluarte. - R ú bricas.

Última reforma de esta ley incorporada: 10 de septiembre de 2010. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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