Artículo 26.- Es base de este Impuesto:
I. Tratándose de premios en efectivo, el monto total del ingreso por los premios obtenidos.
II. Tratándose de premios en especie, el valor con que se promocione cada uno de los premios o en su defecto: a) El valor de la facturación de compra tratándose de bienes muebles. b) El valor comercial vigente en el momento de su entrega tratándose de bienes inmuebles.