Ley de Hacienda del Estado de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 26

Artículo 26.- Es base de este Impuesto:

I. Tratándose de premios en efectivo, el monto total del ingreso por los premios obtenidos.

II. Tratándose de premios en especie, el valor con que se promocione cada uno de los premios o en su defecto: a) El valor de la facturación de compra tratándose de bienes muebles. b) El valor comercial vigente en el momento de su entrega tratándose de bienes inmuebles.

Última reforma de esta ley incorporada: 10 de septiembre de 2010. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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