Código Fiscal de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 2

CAPITULO UNICO Disposiciones de Carácter General

ARTICULO 2.- Para los efectos de este Código, se entenderá por: (REFORMADA [N. DE E. REPUBLICADA], G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

I. Acuse de Recibo Electrónico: El mensaje de datos que se emite o genera a través de medios de comunicación electrónica que sirve de constancia que acredita la fecha y hora de recepción de documentos electrónicos. La Secretaría, establecerá los medios para que los contribuyentes puedan verificar la autenticidad de los acuses de recibo electrónico; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

II. Alcaldía: El Órgano político administrativo de cada demarcación territorial de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

III. Clave de Acceso o Usuario: Conjunto único de caracteres alfanuméricos que identifican a una persona como usuario en los sistemas que opere la Secretaría; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

IV. Código: El Código Fiscal de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

V. Congreso: El Congreso de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

VI. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

VII. Contraloría: La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

VIII. Contraseña: Conjunto único de caracteres alfanuméricos y/o especiales, asignados de manera confidencial y que valida la identificación de la persona a la que se le asignó una clave de acceso, por los sistemas que opere la Secretaría; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

IX. Demarcación territorial: Cada una de las partes en que se divide el territorio de la Ciudad de México para efectos de organización político administrativa; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

X. Dependencias: Las Secretarías y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XI. Dirección de Correo Electrónico: El buzón postal electrónico de una persona o institución que permite enviar y recibir mensajes a través de internet mediante sistemas de comunicación electrónicos. En el caso de los servidores públicos será el correo electrónico institucional; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XII. Documento Digital: Todo mensaje de datos que contiene información o escritura generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XIII. Documento Electrónico: Documento o archivo electrónico creado con una aplicación, que incluye información en texto, imagen o audio, enviada o recibida por medios electrónicos o migrada a éstos a través de un tratamiento automatizado y que requiera de una herramienta informática específica para ser legible o recuperable; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XIV. Documento Electrónico Oficial: Documento o archivo electrónico creado con una aplicación que contiene información en texto, imagen o audio, enviada o recibida por medios electrónicos o migrada a éstos a través de un tratamiento automatizado y que requiera de una herramienta informática específica para ser legible o recuperable, emitida por la autoridad fiscal que contiene un sello digital que le otorga validez oficial; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XV. Entidades: Los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos del Sector Paraestatal de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XVI. Expediente Electrónico: Conjunto de documentos electrónicos ordenados de acuerdo con un método determinado y que tratan de un mismo asunto, de carácter indivisible y estructura básica de la Serie Documental; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XVII. Firma Digital: Medio gráfico de identificación consistente en la digitalización de una firma autógrafa mediante un dispositivo electrónico, que es utilizada para reconocer a su autor y expresar su consentimiento; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XVIII. Firma Electrónica Avanzada: Conjunto de datos consignados en un mensaje electrónico adjuntado o lógicamente asociado al mismo que permite garantizar la autenticidad del emisor, su procedencia, la integridad de la información firmada y el no repudio de los mismos y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa. La Secretaría establecerá elementos necesarios para garantizar la autenticidad de certificado utilizado para elaborar la firma; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XIX. Fiscalía: Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XX. Grandes Contribuyentes: Las personas físicas y morales que en términos de la normatividad que emita la Tesorería, se consideren como tales; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXI. Instituto: El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXII. Investigación y desarrollo de tecnología: Los gastos e inversión destinados directa y exclusivamente a la ejecución de proyectos que se encuentren dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción, que representen un avance científico o tecnológico, de conformidad con las reglas generales acordadas por el Sistema de Aguas y la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXIII. Jefe de Gobierno: La persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXIV. Ley de Ingresos: Ley de Ingresos de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXV. Ley de Presupuesto: Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXVI. Ley Orgánica: Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXVII. Medios Electrónicos: Dispositivos tecnológicos para transmitir o almacenar datos e información, a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas o de cualquier otra tecnología; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXVIII. Notificación Electrónica: Acto administrativo jurídico formal por medio del cual, a través del uso de medios electrónicos y telemáticos, tales como páginas web o correos electrónicos, observando las formalidades legales preestablecidas, se hace fehacientemente del conocimiento de los contribuyentes, terceros, responsables solidarios, representantes o personas autorizadas el contenido de un acto o resolución; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXIX. Órganos Desconcentrados: Los que con este carácter se establezcan conforme a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y su Reglamento, que integran la Administración Pública Desconcentrada; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXX. Procuraduría Fiscal: La Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXI. Promoción electrónica: Cualquier solicitud, entrega de documentación o información a través de medios electrónicos; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXII. Recurso de revocación en la vía tradicional: El recurso de revocación que se substancia recibiendo las promociones y demás documentales en manuscrito o impresos en papel, y formando un expediente también en papel, donde se agregan las actuaciones procesales correspondientes al propio recurso; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXIII. Recurso de revocación en línea: Substanciación y resolución del recurso de revocación en todas sus etapas, así como de los procedimientos previstos en el Código, a través del Sistema que la propia Secretaría implemente y desarrolle, formando un expediente electrónico; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXIV. Reglamento Interior: El Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXV. Secretaría: La Secretaría de Administración y Finanzas; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXVI. Sello Digital: Cadena de caracteres que acredita que un archivo electrónico oficial, fue emitido por la autoridad fiscal; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXVII. Sistema de Aguas: El Sistema de Aguas de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXVIII. Sistema en Línea: Sistema de Recurso de Revocación en Línea; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XXXIX. Teso Buzón Fiscal CDMX: Sistema de comunicación electrónico a través del portal de internet de la Secretaría; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XL. Tesorería: La Tesorería de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XLI. Tribunal: El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XLII. Tribunal de Justicia Administrativa: El Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México; (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XLIII. Vivienda de Interés Popular: Aquella cuyo precio de venta al público es superior a 5400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente y hasta 10800 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, y (REFORMADA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)

XLIV. Vivienda de Interés Social: Aquella cuyo precio máximo de venta al público es de 5400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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