Código Fiscal de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 464

TITULO TERCERO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES FISCALES · CAPITULO I De las Infracciones y Sanciones Relacionadas con los Padrones de Contribuyentes

ARTICULO 464.- Las infracciones relacionadas con los padrones de contribuyentes, darán lugar a la imposición de una multa de $461.50 a $807.50, en los siguientes casos:

I. No solicitar la inscripción o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la solicitud se presente de manera espontánea, y

II. No presentar los avisos que establece este Código o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.