Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas · Chiapas

Artículo 180

TITULO QUINTO DE LAS INFRACCIONES, DE LAS SANCIONES Y DE LOS DELITOS FISCALES · CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTICULO 180.- A. QUIEN COMETA LAS INFRACCIONES SEÑALADAS EN EL ARTICULO ANTERIOR, SE IMPONDRAN LAS SIGUIENTES MULTAS:

I. DE $750.00 A $3,700.00 PESOS, A LAS SEÑALADAS EN LAS FRACCIONES I, II Y VI.

II. DE $1,500.00 A $15,000.00 PESOS, A LAS COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES III Y IV.

III. DE $750.00 A $5,500.00 PESOS, A LA COMPRENDIDA EN LA FRACCION V.

IV. DE $750.00 A $9,000.00 PESOS, A LA SEÑALADA EN LA FRACCION VII.

V. DE $3,700.00 PESOS A $7,500.00 PESOS, A LA SEÑALADA EN LA FRACCION VIII. CAPITULO II DE LOS DELITOS FISCALES (REFORMADO, P.O. 5 DE NOVIEMBRE DE 2004)

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 2015. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: isstech.gob.mx.

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