Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES · CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1. Las personas físicas y las morales que residan en el Estado o que realicen los actos o actividades que los ordenamientos fiscales gravan, están obligadas a contribuir para el gasto público del Estado conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto.

La Federación, el Estado, los Municipios y sus organismos descentralizados quedan obligados a pagar contribuciones cuando realicen los actos o actividades gravadas y únicamente estarán exentos cuando las leyes lo señalen expresamente.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de diciembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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