Artículo 302.- El Gobernador presentará a la Legislatura a mas tardar el veintiuno de noviembre el Proyecto del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado. En el caso de los municipios, el Presidente Municipal lo presentará al Ayuntamiento a más tardar el quince de noviembre.
Artículo 302
TITULO NOVENO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS · CAPITULO SEGUNDO DE LA INTEGRACION Y PRESENTACION
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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