Ley de Hacienda del Estado de Guerrero (Núm. 419) · Guerrero

Artículo 256

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO VII IMPUESTO SOBRE ALCOHOL Y

ARTÍCULO 256.- Es objeto de este impuesto la producción, distribución, ampliación, mezcla, transformación, expendio o compraventa de alcohol, aguardiente y bebidas alcohólicas.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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