Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 30

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO CUARTO DEL IMPUESTO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE HOSPEDAJE

ARTÍCULO 30.- Es base gravable de este impuesto, el monto total de las contraprestaciones pagadas por los servicios de hospedaje, sin incluir alimentos y demás servicios accesorios, siempre y cuando en el comprobante fiscal se haga constar en forma expresa y por separado el importe del servicio de hospedaje, así como el desglose de los demás servicios prestados. Párrafo reformado, P.O. Alcance uno del 31 de diciembre de 2025.

Se consideran contraprestaciones, los pagos que realicen los usuarios por la obtención de los servicios de hospedaje, incluyendo depósitos, anticipos, gastos de toda clase, así como los intereses, penas convencionales y cualquier otro concepto que se adicione, vinculado a los servicios prestados y que se realicen en efectivo o en especie con deducción de las devoluciones, descuentos, reducciones y bonificaciones correspondientes, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

Párrafo reformado, P.O. Alcance uno del 31 de diciembre de 2025.

En los casos de servicios de hospedaje prestados bajo la modalidad de uso de tiempo compartido, será base del impuesto, el ingreso que se obtenga por el pago de cuotas para el uso de las instalaciones, independientemente de la denominación que se les asigne en la relación contractual.

Párrafo reformado, P.O. Alcance uno del 31 de diciembre de 2025. 11

Cuando se cancelen los servicios de hospedaje convenidos por los que hayan recibido anticipos u otorguen descuentos o bonificaciones, el retenedor compensará en las siguientes declaraciones de pagos mensuales definitivos el monto de dichos conceptos del total de los ingresos por los que deba pagar el impuesto, siempre que expresamente se haga constar que este se hubiere retenido, se cancele o se restituya, según sea el caso. Párrafo adicionado, P.O. Alcance uno del 31 de diciembre de 2025.

DE LA TASA

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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