Artículo 61 . Es objeto de este impuesto: 16
I. El ingreso que se obtenga en el Estado de Jalisco, por concepto de enajenación de boletos, billetes, registros, contraseñas y demás comprobantes que permitan participar en rifas, loterías, concursos, sorteos y juegos con apuestas; y
II. La distribución de boletos, billetes, registros, contraseñas y demás comprobantes que permitan participar en los eventos o actividades referidas, aún cuando no se cobre cantidad alguna que represente el derecho a participar en los mismos.
De los sujetos