ARTICULO 34.- El impuesto se causa sobre el ingreso total de las operaciones, gravadas por esta ley, en el momento de que se realicen aún cuando sean a plazo o a crédito, incluyendo el sobreprecio, los intereses o cualquiera otra prestación que lo aumente. 10
N. DE E., SUSPENDIDO POR CONVENIO DE ADHESION AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION FISCAL, P.O. 3 DE DICIEMBRE DE 1979.