Artículo 130. Por los servicios prestados por las autoridades de la Secretaría de Educación, se causarán derechos de acuerdo a lo establecido en los artículos subsiguientes.
Artículo 130
CAPÍTULO NOVENO IMPUESTOS ECOLÓGICOS
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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