Ley de Hacienda del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 145

CAPÍTULO NOVENO IMPUESTOS ECOLÓGICOS

Artículo 145. Derogado. (P. O. No. 69, 16-XII-16)

Capítulo Décimo

Por los servicios prestados por la Secretaría de la Contraloría

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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