Ley de Hacienda del Estado de Querétaro · Querétaro
Artículo 150
CAPÍTULO NOVENO IMPUESTOS ECOLÓGICOS
Artículo 150 . Por la expedición de la constancia de no inhabilitación a favor de las personas que pretendan ingresar al servicio público, se causará y pagará un derecho equivalente a 2 UMA. (Ref. P. O. No. 120, 23-XII- 24)
Capítulo Décimo Primero
Servicios prestados por las Autoridades de la Secretaría de Seguridad Ciudadana