Ley de Hacienda del Estado de Querétaro · Querétaro

Artículo 169

CAPÍTULO DÉCIMO

Artículo 169. Por los servicios prestados por la Secretaría de Turismo en materia de promoción turística, se causarán y pagarán los siguientes derechos: (Ref. P. O. No. 110, 19-XII-18) CONCEPTO TIPO UMA

Por la prestación del recorrido de Circuito Turístico dentro de la Ciudad de Santiago de Querétaro:

General 5.8

Menores de 12 años, estudiantes, maestros y personas adultas mayores

4.9

Por la prestación del recorrido del Circuito Turístico Ruta Arte, Queso y Vino:

General 2.9

Menores de 12 años y personas adultas mayores

2.5

(Ref. P. O. No. 120, 23-XII-24)

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.

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