ARTÍCULO 92. Por los servicios que se citan a continuación se causarán los derechos que se mencionan enseguida, expresados en UMA vigente:
I. Certificado de no adeudo, 2.2;
II. Carta de no antecedentes penales, 1.1;
III. Certificaciones de copias fotostáticas de documentos que obren en los archivos de los poderes del Estado, 1.1 por foja, y
IV. Copias fotostáticas simples de, códigos, decretos, leyes y demás documentos a los que pueda tener acceso el público, 0.02 por foja.