Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 94

TITULO TERCERO · CAPITULO VIII SERVICIOS PRESTADOS POR LA SECRETARIA DE DESARTROLLO ECONOMICO

ARTICULO 94. Es objeto de esta contribución la ejecución de obras públicas o la prestación de servicios públicos que beneficien a los propietarios de inmuebles ubicados dentro del área geográfica que se precisa en este Capítulo.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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