Código Fiscal del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 137

TITULO V DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · CAPITULO II DE LAS NOTIFICACIONES Y LA GARANTIA

ARTICULO 137.- Las notificaciones por estrados se harán fijando durante cinco días el documento que se pretenda notificar en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que efectúe la notificación. La autoridad dejará constancia de ello en el expediente respectivo. En estos casos, se tendrá como fecha de notificación la del sexto día siguiente a aquél en el que se hubiera fijado el documento.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de diciembre de 2005. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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