Artículo 15.- La forma y el contenido de dicha iniciativa se presentará al H. Congreso Local dentro de los primeros quince días del mes de noviembre, según lo establecido en la fracción VIII del Artículo 70 de la Constitución Política del Estado.
Artículo 15
TITULO SEGUNDO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL ESTADO
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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