Artículo 39.- La Secretaría cuidará dentro del Poder Ejecutivo, de la exacta aplicación del Presupuesto de Egresos, de conformidad con las disposiciones de esta Ley y su Reglamento. En el ejercicio de esta función tendrá todas las facultades para exigir a las Dependencias y Entidades Paraestatales las comprobaciones que justifiquen la erogación presupuestal y que éstas cumplan con los requisitos fiscales y contables.
Artículo 39
TITULO TERCERO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO · CAPITULO SEGUNDO DE LA PRESENTACION DE LA INICIATIVA DEL
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.
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