Artículo 1. Las disposiciones de este Código son de orden público e interés general y tienen por objeto regular:
I. La planeación, programación y presupuestación de las acciones de gobierno;
II. La administración financiera y tributaria de la Hacienda Estatal;
III. Las normas que determinan cargas fiscales, así como las que se refieren a los sujetos, objeto, base, tasa, cuota o tarifa de las contribuciones estatales y aprovechamientos, incluyendo sus accesorios y las que se refieren a los productos;
IV. La administración de los recursos humanos, financieros y materiales;
V. La integración de la cuenta pública estatal, y VI. El manejo de la deuda pública estatal.