Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas · Zacatecas
Artículo 82
TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO SÉPTIMO Otros Impuestos
ARTÍCULO 82. El pago de este impuesto, se realizará conjuntamente y en el momento en que deban efectuarse los pagos relativos al Derecho establecido en el artículo 99 de esta Ley.
Los sujetos de este impuesto efectuarán su pago en la oficina recaudadora correspondiente y en las Instituciones Bancarias o en los medios que la Secretaría tenga autorizados.
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: sefin.zacatecas.gob.mx.
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