ARTÍCULO 95. Los servicios que presten la Secretaría General de Gobierno por concepto de:
I. Por la Dirección Estatal de Protección Civil por concepto de:
CONCEPTO IMPORTE a) Capacitación en brigadas de protección civil: 43 Decreto de Creación No. 109, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2016. Última reforma:20 de diciembre de 2017.
De 1 a 10 participantes. $746.00
De 11 a 20 participantes. $1,493.00
De 21 a 30 participantes. $2,238.00 b) Revisión, autorización y registro del programa interno de protección civil. $2,096.00 c) Registro de grupos voluntarios. $149.00 d) Renovación del registro de grupos voluntarios. $149.00 e) Registro de instructores independientes, empresas asesoras, capacitadoras y consultoras de estudio de riesgo-vulnerabilidad, terceros acreditados. $3,000.00 f) Renovación del registro de instructores independientes, empresas asesoras, capacitadoras y consultoras de estudio de riesgo- vulnerabilidad, terceros acreditados. $3,000.00 g) Opinión técnica previa al otorgamiento de licencia de construcción, para conjuntos habitacionales, escuelas, estaciones de servicio, gaseras, estaciones de carburación, y en general empresas, industrias o establecimientos considerados de riesgo, se causarán al tenor de los siguientes:
1. Para empresas del ramo de la minería…….………………
2. Para empresas del ramo de la construcción……………..
3. Para mediana industria………………………………………
4. Para microindustrias y pequeña industria……………….
5. Para particulares……………………………………………….
$11,191.00
$7,461.00
$3,731.00
$1,866.00
$746.00 h) Emisión de registro de operación para prestadores de servicios para distribución y recarga de extinguidor……………………………………………………… $745.00 i) Renovación del registro de operación para prestadores de servicios para distribución y recarga de extinguidores…….…………………………………………….. $745.00 j) Servicios de ambulancia al sector privado para eventos masivos con fines de lucro………………………………….. $1,493.00 k) Servicio privado de traslado en la ambulancia por cada 10 km……………………………………………………… $149.00 l) Análisis de riesgos internos y externos de inmuebles… $1,120.00 m) Cursos técnicos especializados por persona…………….. $746.00 44 Decreto de Creación No. 109, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2016. Última reforma:20 de diciembre de 2017. n) Los derechos por el servicio de expedición, de opinión favorable por parte del Poder Ejecutivo del Estado, para el trámite de servicio, y licencia o renovación de las mismas, respecto de la compraventa, transporte, fabricación, uso, consumo y almacenamiento o de explosivos y sus componentes, se causarán al tenor de lo siguiente:
1. Para empresas del ramo de la minería. …………………..
2. Para empresas del ramo de la construcción……..………
3. Para mediana industria ..……………………………………..
4. Para microindustrias y empresas ejidales………………..
5. Para el uso de explosivos por una sola vez en obras pequeñas de carácter municipal……………………………
$11,191.00
$7,461.00
$3,731.00
$1,866.00
$746.00
II. Por el Instituto de Formación Profesional:
Seguridad Privada Importe a. Evaluaciones CONCIPER $1,400.00 b. Conducción de presuntos responsables y radiocomunicación.
$3,000.00 c. Si tiene portación de armas: armamento y práctica de tiro, vigilancia y patrullaje, manejo de emociones, preservación del lugar de los hechos.
$ 5,000.00
Se adiciona fracción mediante Decreto 273, P.O. de fecha 20 de diciembre de 2017
III. Capacitación de Personal de Seguridad Pública Municipal:
Curso de Capacitación Importe
Curso 40 horas $3,500.00
Curso 80 horas $6,000.00
Evaluación de habilidades y destrezas por elementos $1,500.00
Cursos de Formación Inicial Equivalente, 972 horas $40,000.00
Cursos de Formación Inicial Equivalente, 486 horas $20,000.00
Se adiciona fracción mediante Decreto 273, P.O. de fecha 20 de diciembre de 2017