Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 54

TITULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 54. Corresponde a las leyes y reglamentos específicos el determinar las características y condiciones de los servicios públicos municipales, la regulación de las actividades para las cuales se requiera licencia, permiso o registro, así como la naturaleza de los bienes de dominio público sujetos a uso o explotación, por los cuales deban pagarse derechos. Asimismo, serán las leyes y reglamentos correspondientes los que establezcan las conductas que se consideran infracción por las cuales debe cubrirse una sanción.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de marzo de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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