Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 58

TITULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPITULO II DE LOS DERECHOS EN PARTICULAR

ARTICULO 58. El servicio de aseo público consiste en la recolección y transporte de basura, y de toda clase de desechos que se realicen periódica o esporádicamente en casas habitación, comercios o industrias; así como en la limpia de lotes o terrenos, o cualquier otro servicio de naturaleza similar que se proporcione a solicitud expresa de los particulares, al igual que el uso o aprovechamiento de relleno sanitario.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de marzo de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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