Artículo 26.- La entidad asignataria tiene derecho a:
Párrafo reformado DOF 08-05-2023
I. Realizar obras y trabajos de exploración dentro del lote minero que ampare el título de asignación;
Fracción reformada DOF 08-05-2023
II. Obtener la ocupación temporal o constitución de servidumbre de los terrenos indispensables para llevar a cabo las obras y trabajos de exploración o explotación;
Fracción reformada DOF 08-05-2023
III. Reducir e identificar la superficie que ampare el título correspondiente, y
Fracción reformada DOF 08-05-2023
IV. Derogada.
Fracción derogada DOF 08-05-2023
Reforma DOF 08-05-2023: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo