Artículo 102.- El transporte particular se subdivide en las siguientes modalidades:
I. Transporte particular. 45
II. Transporte privado.
(ADICIONADO, P.O. 045, 18 DE JUNIO DE 2025)
III. Transporte de pasajeros privado especializado con chofer.
TÍTULO TERCERO DE LA MOVILIDAD Y EL SERVICIO DE TRANSPORTE · CAPÍTULO VIII DE LOS HORARIOS, ITINERARIOS, RUTAS, ZONAS Y TARIFAS
Artículo 102.- El transporte particular se subdivide en las siguientes modalidades:
I. Transporte particular. 45
II. Transporte privado.
(ADICIONADO, P.O. 045, 18 DE JUNIO DE 2025)
III. Transporte de pasajeros privado especializado con chofer.
Última reforma de esta ley incorporada: 5 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialchiapas.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.