Artículo 192. Obligación de proporcionar información
1. Las autoridades estatales, municipales, así como los concesionarios, permisionarios, conductores y demás actores del Sistema de Movilidad descritos en la presente Ley, están obligados a proporcionar la información necesaria para integrar y mantener actualizado el Sistema Estatal de Información de Transporte.
2. La Secretaría tendrá la obligación de mantener actualizado y difundir la información pública del Sistema Estatal de Información de Transporte a través de internet.