Artículo 46. Medidas de seguridad, infracciones y sanciones. La infracción a las disposiciones de la presente Ley dará lugar a la imposición de las medidas de seguridad y sanciones en términos de las disposiciones legales aplicables. Las sanciones, que en su caso se impongan, serán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que resulte.
Artículo 46
TÍTULO CUARTO DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS · CAPÍTULO PRIMERO DE LAS QUEJAS, MEDIDAS DE SEGURIDAD, INFRACCIONES Y SANCIONES
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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