Artículo 114. La expedición de los Tarjetones a que se refiere este ordenamiento, queda sujeta a que el interesado satisfaga lo señalado en esta Ley y cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento respectivo.
Artículo 114
TITULO QUINTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE · CAPITULO XI
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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