Artículo 89. El otorgamiento de placas, queda sujeto al pago de los derechos respectivo y a que el solicitante no adeude al erario público cantidad alguna por la comisión de infracciones relativas a esta Ley.
Artículo 89
TITULO QUINTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE · CAPITULO IX DEL ALTA, BAJA Y SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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