Artículo 282. El Instituto podrá implementar acciones de mejora administrativa y estrategias tendientes a la digitalización de procedimientos y servicios que permitan generar mayor orden y control, coordinando con las instancias competentes mecanismos de simplificación y mejora regulatoria, facilitando los procesos de modernización, aumentando la participación directa de personas concesionarias y permisionarias, reduciendo esquemas de corrupción y mejorando la recaudación del Estado.
Para los efectos del párrafo anterior, el Instituto llevará a cabo el Registro del Sistema Estatal del Transporte, que deberá actualizar periódicamente, así como mantener el control de los archivos físicos y digitales que se encuentren bajo su custodia.