Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 315

TÍTULO OCTAVO DEL SISTEMA ESTATAL DEL TRANSPORTE · CAPÍTULO XI DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y MONITOREO DEL TRANSPORTE

Artículo 315. Con la información y los indicadores de gestión que arroje el CIMTRA, se llevarán a cabo las acciones para revisar de manera sistemática la ejecución de planes y programas.

Asimismo, se realizarán las acciones de evaluación de los avances en el cumplimiento de las metas establecidas en dichos programas que retroalimenten el proceso de planeación y, en su caso, propondrá la modificación o actualización que corresponda.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: so.secoem.michoacan.gob.mx.

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