Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos · Morelos

Artículo 155

TÍTULO NOVENO · CAPÍTULO III

Artículo 155. Se establece el sistema de puntos para las licencias de conducir. A cada licencia se le asignará un saldo de puntos inicial, el cual se irá reduciendo por la comisión de determinadas infracciones.

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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