Artículo 116. Además de los requisitos que establezca la convocatoria, los solicitantes deberán presentar lo siguiente:
I. De forma general; a) Contar con una edad mayor de dieciocho años y ser de nacionalidad mexicana; b) Acreditar su capacidad técnica, jurídica, administrativa y financiera para la prestación del servicio; c) Presentar carta de objetivos y plan de trabajo, que ponga de manifiesto la forma en que se prestará el servicio de transporte público, con base a los preceptos enmarcados en esta Ley; d) Presentar el programa anual de mantenimiento de la unidad o parque vehicular objeto del transporte; e) Presentar el programa para la sustitución o cambio de la unidad o parque vehicular; f) Presentar declaración y programa sobre la adquisición de la tecnología requerida que le permita participar de las concesiones, y g) Declarar bajo protesta de decir verdad, acerca de si el solicitante tiene algún servicio de transporte establecido, y en caso afirmativo, sobre el número de concesiones o permisos que posea y de los vehículos que ampare.
II. Adicionalmente, las personas morales tendrán que; a) Acreditar su existencia legal y personalidad jurídica vigente de su representante o apoderado, así como presentar sus estatutos en términos de la Ley de Inversión Extranjera y en su objeto social deberá considerar expresamente, la prestación del servicio de transporte de pasajeros o de carga, según corresponda; Decreto 634 Página 53
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
LXIV Legislatura Constitucional
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA b) Garantizar su experiencia y solvencia económica; y c) Presentar el programa general de capacitación que se aplicará anualmente a sus conductores, en su caso.