Artículo 154. La Secretaría podrá expedir permisos provisionales a los concesionarios para asegurar la continuidad de la prestación del servicio, cuando se encuentre en proceso algún trámite administrativo relacionado con el título de concesión otorgado. Decreto 634 Página 63
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
LXIV Legislatura Constitucional
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