ARTÍCULO 240. Contra los actos y resoluciones, derivadas de la aplicación de la presente Ley y de las normas reglamentarias que de esta emanen, procederá el recurso de revisión, previsto en la Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, cuyas reglas y términos deberán aplicarse para su trámite. Decreto 634 Página 91
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
LXIV Legislatura Constitucional
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