Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 240

TÍTULO OCTAVO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES, SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y RECURSOS · CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

ARTÍCULO 240. Contra los actos y resoluciones, derivadas de la aplicación de la presente Ley y de las normas reglamentarias que de esta emanen, procederá el recurso de revisión, previsto en la Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca, cuyas reglas y términos deberán aplicarse para su trámite. Decreto 634 Página 91

H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca

LXIV Legislatura Constitucional

DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA Y GACETA PARLAMENTARIA

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: oaxaca.gob.mx.

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