Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 239

TÍTULO OCTAVO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES, SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y RECURSOS · CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

ARTÍCULO 239. Para la solución de controversias que se deriven de la aplicación de la presente Ley, las partes podrán optar por la mediación, como un método alternativo no adversarial para la solución de conflictos con el propósito de llegar a acuerdos voluntarios de solución que ponga fin total o parcialmente en los términos de la Ley de Mediación para el Estado de Oaxaca.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: oaxaca.gob.mx.

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