Artículo 243. Aquella persona que haya sido declarada por sentencia firme responsable de la comisión de algún delito en materia de movilidad o transporte no podrá ser titular de concesión o permiso para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros o de carga.
Asimismo, la Secretaría registrará el nombre y demás datos personales de quien haya cometido alguno de los delitos en comento, y se podrá solicitar a las autoridades judiciales y ministeriales competentes que confisquen el vehículo que haya sido medio para la comisión del delito, para los efectos legales a que haya lugar.