Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 1

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO I DEL OBJETO Y PRINCIPIOS 2

ARTÍCULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social, sus disposiciones son de observancia obligatoria en todo el territorio del Estado de Puebla, en materia de movilidad y seguridad vial y tiene por objeto:

I. Establecer las bases y principios para garantizar el derecho de toda persona a la movilidad asequible, en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión, igualdad, modernidad e innovación tecnológica, priorizando el desplazamiento de las personas peatonas, conductoras de vehículos no motorizados y con discapacidad, bajo el enfoque de sistemas seguros;

II. Regir la seguridad vial en el Estado de Puebla para establecer el orden y el control de la circulación vehicular y peatonal en las vías públicas;

III. Determinar los mecanismos de coordinación entre el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y el Sistema Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, así como con los diferentes órdenes de gobierno, enfocados a reducir las muertes y lesiones ocasionadas por siniestros de tránsito y garantizar la integridad y el respeto de las personas, a través de un ordenamiento y regulación de la vialidad;

IV. Establecer las bases para programar, organizar, administrar y controlar la infraestructura vial, la infraestructura carretera y el equipamiento vial;

V. Establecer las directrices de coordinación entre el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y el Sistema Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, para la planeación, organización, regulación, gestión, control y evaluación de la movilidad de las personas y bienes;

VI. Definir los mecanismos de participación de los sectores público, social, privado y de la población en general en las decisiones relacionadas con la política de movilidad y seguridad vial, y

VII. Promover la toma de decisiones con base en evidencia científica y territorial en materia de movilidad y seguridad vial.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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