Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 1

TÍTULO PRIMERO Del Derecho Humano a la Movilidad · CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

Artículo 1. Se reconoce el derechohumano (sic) a la movilidad de las personas y colectividades que habitan en el Estado de Quintana Roo. La interpretación del derecho y de sus garantías se realizará conforme a lo establecido por laConstitución (sic) Política de los EstadosUnidos (sic) Mexicanos, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y los tratados internacionales de losque (sic) el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo momento la protección más amplia. 2

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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