Artículo 47. La Estrategia Estatal establecerá las bases para el desarrollo de la movilidad y la seguridad vial del Estado, en el corto, mediano y largo plazo, en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo, los programas sectoriales, regionales, y municipales del Estado en materia de movilidad, seguridad vial, transporte, ordenamiento territorial, cambio climático y demás aplicables, así como aquellas específicas a los grupos en situación de vulnerabilidad. 46
La Estrategia Estatal será formulada y aprobada por el Sistema Estatal y publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora.