Artículo 50. El proceso para la elaboración e implementación de la Estrategia Estatal será el siguiente:
I. El Instituto en coordinación con la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, elaborará la Estrategia Estatal y la propondrá ante el Sistema Estatal;
II. El Sistema Estatal aprobará la Estrategia Estatal y establecerá los acuerdos y directrices respecto a lo que le compete a cada uno de sus integrantes;
III. Una vez aprobada la Estrategia Estatal, se publicará en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora; y
IV. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y los municipios y sus autoridades ajustarán sus políticas y acciones a lo establecido en la Estrategia.