Artículo 86. La Comisión estará integrada por:
A. De manera permanente:
I. La persona titular de la Coordinación Ejecutiva del Instituto; 61
II. Una persona representante de las Secretaría de Hacienda
III. Una persona representante de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado; y
IV. Una persona representante del área de Desarrollo Urbano de la Secretaría.
B. De manera transitoria:
I. Una persona representante de las Secretarías de Gobierno, Educación y Cultura; Salud Pública; Economía; Agricultura, Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Acuacultura; Desarrollo Social; Trabajo; Seguridad Pública y Turismo, según sea necesario en atención a los temas sujetos a análisis; y,
II. A invitación expresa: a) Representantes de Ayuntamientos de los municipios del Estado; b) Representantes de El Colegio de Sonora, la Universidad de Sonora, la Universidad Estatal de Sonora, Universidad Tecnológica de Hermosillo y cualquier otra institución académica y de investigación que desarrolle actividades en las materias objeto de este ordenamiento; y c) Representantes de las Cámaras de la Industria con presencia en el Estado de Sonora; y d) Todas aquellas personas físicas o morales que, por su experiencia o capacidad técnica, puedan colaborar, aportar y fortalecer los temas a tratar en las reuniones de la Comisión.