Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión · Federal

Artículo 238

TÍTULO DÉCIMO De los Contenidos Audiovisuales

Artículo 238. Los contenidos de los mensajes publicitarios atenderán al sistema de clasificación al que se refiere el artículo 220 de la presente Ley y serán transmitidos conforme a las franjas horarias establecidas para tal efecto.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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