Artículo 238. Los contenidos de los mensajes publicitarios atenderán al sistema de clasificación al que se refiere el artículo 220 de la presente Ley y serán transmitidos conforme a las franjas horarias establecidas para tal efecto.
Artículo 238
TÍTULO DÉCIMO De los Contenidos Audiovisuales
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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