Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos · Federal

Artículo 16

TÍTULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS

Artículo 16. Para la implementación de los Modelos Nacionales, los Sujetos Obligados tienen las siguientes obligaciones:

I. Cumplir con los Modelos Nacionales, herramientas, instrumentos y acciones previstas en la presente Ley;

II. Colaborar con la Autoridad Nacional y Local para asegurar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley;

III. Mantener actualizada la información de los Trámites y Servicios a su cargo en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios;

IV. Mantener actualizado el Registro de Regulaciones, en el ámbito de sus competencias;

V. Cumplir e implementar los estándares, criterios y modelos de simplificación de trámites o servicios que emita la Autoridad Nacional;

VI. Implementar los modelos de homologación de Trámites y Servicios que la Autoridad Nacional emita derivado de los proyectos estratégicos nacionales;

VII. Habilitar en coordinación con la Autoridad Nacional y Local, según corresponda, plataformas digitales para la atención de Trámites y Servicios;

VIII. Compartir con la Autoridad Nacional, a través de la Autoridad Local, el código fuente de las soluciones tecnológicas que hayan desarrollado por sí, o a través de terceros para la digitalización de Trámites y Servicios, a fin de que sean integrados al Repositorio Nacional de Tecnología Pública;

IX. Reconocer y aceptar Llave MX como el mecanismo de autenticación e identificación de las personas en medios digitales;

X. Implementar Llave MX como el inicio de sesión único en todas las Soluciones Tecnológicas que desarrollen o administren para Trámites y Servicios digitalizados;

XI. Reconocer a los documentos digitales con la misma validez jurídica que los físicos;

XII. Privilegiar el alojamiento de la información en infraestructura propia o en territorio nacional;

XIII. Implementar y homologar el medio único de contacto telefónico para prestar servicios de información y orientación sobre Trámites y Servicios, conforme al Modelo Nacional de Atención Ciudadana, y

XIV. Las demás que establezca la Ley y otras disposiciones aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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